Conozca los riesgos penales que están sustentando actualmente la condena de la empresa

Desde la implantación en nuestro país del nuevo Régimen de Responsabilidad Penal de la Persona Jurídica, en el año 2010, teníamos hasta fechas recientes, que no había conocido aún de esta materia el Tribunal Supremo.
Lo cierto es que en el último año han accedido ya varios asuntos sobre esta cuestión al Tribunal Supremo. En esta ocasión queremos centrarnos en exponer aquellos riesgos penales que han sido analizados en las últimas resoluciones judiciales recaídas bajo una doble perspectiva:

  • de una parte, expondremos a continuación, aquellos riesgos que están sustentando la condena penal de la empresa.
  • de otra, tenemos aquellos otros riesgos penales traídos a enjuiciamiento y que por un motivo u otro no han derivado finalmente en la condena de la empresa.

Por tanto, vamos a centrarnos en este Boletín, en la primera cuestión apuntada. Tenemos así tres últimas Sentencias, recaídas todas ellas el pasado año 2016, dos de ellas dictadas por el Tribunal Supremo y una tercera por la Audiencia Nacional, y las cuales resultan ser condenatorias de la Empresa.
Sentencia Tribunal Supremo 29.02.2016
Riesgo Penal 

  • Delito contra la salud pública (Tráfico de drogas)
  • Concurre actividad de internacionalización.

Condena Impuesta
Se confirma la pena de multa a las 3 empresas implicadas y en cuantía de 775.633.440 € para cada una.
Y asimismo, a 2 de las empresas se confirma una pena adicional y consistente en la disolución para una, y para la otra prohibición de realizar actividades comerciales en España por tiempo máximo de 5 años.
Sentencia Audiencia Nacional 15.07.2016
Riesgo Penal 

  • Blanqueo de capitales (derivado del tráfico de drogas)

Condena Impuesta
Se impone pena de multa a las 6 empresas implicadas, con una cuota diaria que va de 30 € a 2.000 € debidamente individualizado ello.
Y asimismo, a cuatro de dichas Empresas se les impone la pena de suspensión de actividades y clausura de locales y establecimientos por tiempo de entre 1 a 5 años debidamente individualizado ello.
Y a una de las empresas implicadas se impone la pena de disolución además de la multa correspondiente.
Sentencia Tribunal Supremo 3.11.2016
Riesgo Penal 

  • Estafa procesal

Condena Impuesta
Se confirma la condena de la empresa como autora penalmente responsable de un delito de estafa procesal en grado de tentativa a la pena de multa de 382.640 €.
Por tanto, tenemos que los riesgos penales enjuiciados en dichas sentencias resultan ser:

  • un delito contra la salud pública (tráfico de drogas)
  • otro de blanqueo de capitales
  • y un tercero de estafa procesal.

Consideramos importante traer a colación una breve reseña contenida en la sentencia dictada por la Audiencia Nacional precedentemente reseñada y en donde se nos dice literalmente: “El núcleo de la responsabilidad de las personas jurídicas reside en la ausencia de las medidas de control adecuadas para la evitación de la comisión de delitos que evidencien una voluntad seria de reforzar la virtualidad de la norma”.
En Grupo Vadillo Asesores estamos implementando ya con notable éxito en nuestros clientes los precisados programas internos de prevención de delitos, y en los términos dispuestos en el Art. 31 bis del Código Penal. .
En el próximo Boletín analizaremos el segundo grupo de sentencias reseñado y veremos aquellos riesgos penales traídos a enjuiciamiento que por un motivo u otro no han derivado finalmente en la condena de la empresa.
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