Aplazamiento de las cuotas a la Seguridad Social por parte de los autónomos

Todo autónomo que este de alta en el RETA debe pagar las cotizaciones correspondientes a la Seguridad Social, para ello la administración cuenta con 4 años para poder reclamar las deudas.
No obstante existen deudas que pueden ser aplazadas, estas son:

  1. Las cuotas para dar cobertura a los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.
  2. Las cuotas que corresponden al trabajador por cuenta ajena y cuyo ingreso debe ser realizado por el empresario (cuota obrera).

El aplazamiento de dichas cantidades se puede solicitar tanto en el periodo de pago voluntario como en el ejecutivo, siempre y cuando no se haya iniciado el embargo.
La solicitud se realizará en las oficinas de la Seguridad Social o en la Dirección Provincial de la TGSS en la que el autónomo tenga su cuenta de cotización. En cuanto a la documentación necesaria para la solicitud es la siguiente:

  1. Modelo de solicitud TC 17/10
  2. Documento de reconocimiento de la deuda TC 17/11
  3. La liquidación de la deuda inaplazable
  4. La deuda que se pretende posponer

Se dispone de 10 días para subsanar posibles errores y entregar la documentación que falte.
Si es concedido el aplazamiento, se entregaran los plazos de amortización, la cantidad que se debe abonar en cada uno de ellos y los vencimientos.
El incumplimiento de los plazos de pago supone un recargo desde el 20% al 35% y además unos intereses demora tanto sobre las cuotas como sobre el recargo.
Además la aceptación del aplazamiento supone estar al corriente de pagos con la Seguridad Social y esto es importante, por ejemplo, para pedir prestaciones de la Seguridad Social.
En caso de no estar al corriente de pagos nos encontramos con dos supuestos:

  1. Para prestaciones por incapacidad temporal, riesgo durante el embarazo, maternidad, paternidad… se dan 30 días para ingresar la cantidad correspondiente.
  2. Para prestaciones por incapacidad permanente y jubilación se realiza una revisión anual y se suspenderá la prestación hasta el pago íntegro de la deuda.

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