Autónomos elegir mutua

Uno de los últimos cambios en la normativa sobre los profesionales por cuenta propia es la obligación de elegir una mutua para las coberturas tanto por enfermedad común como por enfermedad de trabajo, accidente laboral o incluso por cese de actividad.

Así, desde el 1 de enero de 2019 todas las personas que trabajan por cuenta propia tenían que optar por una mutua para obtener una cobertura integral.

El plazo para elegir mutua para los autónomos que tenían contratada la cobertura con la Seguridad Social finalizó el pasado 31 de marzo.

Desde Vadillo Asesores queremos avisar a todos los profesionales por cuenta propia que la inspección de trabajo está enviando cartas a los autónomos, que, tras finalizar el plazo mencionado (31 de marzo de 2019), siguen en el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) actualmente.

Es decir, aquellos que todavía no han elegido ‘formalmente’ mutua para estar cubiertos en caso de enfermedad, accidente o fin de la actividad.

No haber elegido mutua puede costar al autónomo más de 600€

La no realización de la opción por una mutua supondrá una sanción leve con multa de 60€ a 625€, tal y como recoge el artículo 40.1 de la LISOS (Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social).

De cara a realizar la opción de cambio las trabajadoras y trabajadores autónomos deberán formalizar el TA-521 en la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS).

Si necesitas ayuda con esta gestión o cualquier otra, recuerda que en Vadillo Asesores contamos con profesionales especializados en autónomos. Contacta con nosotros aquí.

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