La Audiencia Provincial de Álava confirma la Sentencia que obliga a Kutxabank a eliminar la comisión de reclamación por descubiertos o números rojos

Cuando un cliente no paga un plazo de un préstamo, o su cuenta corriente entra en números rojos, además de cobrar intereses de demora, la mayoría de los bancos aplican al cliente la llamada “comisión por reclamación de posición deudora”.
Algunos incluso cobran esa comisión cada mes que se permanece en números rojos o sin regularizar la situación.
Dicha cláusula fue considerada abusiva por el Juzgado de lo Mercantil de Vitoria, y recientemente, en sentencia de 30 de diciembre de 2016, la Audiencia Provincial de Álava ha confirmado dicho criterio.
Los argumentos en que se fundamenta la abusividad, de manera resumida son los siguientes:

  • Se cobran 30 euros por un servicio que no se presta, y sin indicación, en todo caso, de las vías o medios de reclamación que se utilizan a los efectos de justificar un gasto o un daño a la entidad que estimable en 30 euros.
  • Y teniendo en cuenta que generalmente la entidad también cobra una comisión por mantenimiento y gestión de la cuenta, no se entiende que el aviso de una posición deudora genere una comisión independiente de 30 euros.

Kutxabank ha sido condenada a dejar de aplicar dichas cláusulas en todos los contratos de operaciones de crédito y cuentas corrientes, tanto en los que se firmen en adelante como en los que se encuentren en vigor.
Y aunque la Sentencia no es firme (la entidad bancaria ha anunciado su intención de recurrirla) supone un criterio jurisprudencial muy importante para la eliminación de este tipo de cláusulas:

  • El criterio de abusividad es extensible a la mayoría de entidades, que aplican de forma generalizada este tipo de comisión.
  • Con base a la abusividad de la comisión, cada perjudicado podría reclamar en cada caso concreto los daños generados por su aplicación.

¿Tiene Ud en sus contratos de crédito o de cuenta corriente este tipo de comisión? ¿Sabe cuánto ha pagado en los últimos años con base a la misma?
Todo lo comentado es perfectamente trasladable al mundo de la empresa donde además nos encontramos con comisiones por devolución de efectos (letras, pagarés, recibos…), comisiones por impagos de cheques y hemos de tener en cuenta que el horizonte temporal en el que podemos reclamar comprende 15 años (tras una reciente reforma se irá reduciendo dicho plazo paulatinamente).
¿Está dispuesto a que el banco (Kutxabank u otra entidad) le siga cobrando este tipo de comisiones claramente abusivas?
En Grupo Vadillo Asesores somos especialistas en reclamaciones bancarias (cláusulas suelo, reclamaciones por participaciones preferentes, acciones subordinadas de FAGOR, EROSKI, cláusulas y condiciones abusivas …). Para cualquier duda no dude en ponerse en contacto con nuestro equipo y preguntar por Raúl Díaz Olivares en el Tel: 945 222 762 o Email: rdiaz@grupovadillo.com
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