Grupo Vadillo Asesores ha ganado una sentencia en un caso planteado por una persona que solicitó un préstamo para la rehabilitación de un pabellón, es decir, como empresario y no como consumidor y usuario. El juez ha estimado la nulidad de la cláusula suelo y obliga a la entidad bancaria a devolver las cantidades abonadas de más.
Últimamente los juzgados vienen declarando, de manera habitual, la nulidad de las cláusulas suelo incorporadas en los préstamos hipotecarios suscritos con consumidores y usuarios. Y en Vitoria, tanto el juzgado como la Audiencia, mantienen el criterio de obligar a la entidad bancaria a devolver al cliente el total de los intereses abonados de más, lo cual, en la mayoría de los casos, puede suponer cantidades “muy” importantes.
“Este criterio está bastante asentado tratándose de reclamaciones planteadas por consumidores y usuarios pero son menos las resoluciones referentes a reclamaciones planteadas por empresarios que no actúan como consumidores y usuarios. De ahí la importancia de la sentencia favorable de Grupo Vadillo Asesores” destaca Raúl Díaz, abogado especialista de Grupo Vadillo Asesores.
Desde Grupo Vadillo Asesores confirman que esta sentencia sienta un criterio que puede resultar de interés para muchos afectados. Por esta razón, si usted se encuentra en alguna de estas situaciones:

  1. Ha concertado un préstamo hipotecario por cláusula suelo.
  2. Tiene su domicilio en Álava (en otras zonas los criterios puede ser diferentes y es preciso analizar el caso concreto)
  3. Si el préstamo se ha solicitado como consumidor, como empresario o como empresa.

Concierte una cita con Grupo Vadillo Asesores para recibir información y asistencia en la reclamación de sus derechos frente a la entidad bancaria.

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