Tienes hasta el 16 de octubre de 2021 para entregar de esta garantía financiera

La Ley 26/2007 de responsabilidad medioambiental obliga a las empresas o personas físicas que desempeñen una actividad económica o profesional a llevar a cabo medidas que prevengan, eviten y reparen daños medioambientales causados a las especies, hábitats, aguas, costa y suelo, así como a sufragar costes cuando sean responsables de los mismos.

Una de las obligaciones que establece la ley de responsabilidad medioambiental es la constitución de una garantía financiera, una herramienta que permite asegurar que el operador de la actividad responsable disponga de recursos económicos para hacer frente a su responsabilidad medioambiental. Su constitución es un requisito obligatorio para actividades de prioridad 3 incluidas en la Ley 26/2007. El 16 de octubre de 2021 se cumple el plazo para la entrega de esta garantía financiera.

El cálculo de la cuantía de la garantía financiera partirá del análisis de riesgos medioambientales de la actividad. Para ello se identificarán los riesgos por accidentes, dependiendo de la actividad de la empresa, el escenario y los recursos naturales afectados.

¿Qué empresas tienen que presentar la garantía financiera?

  • Empresas que realicen vertidos. 
  • Empresas dedicadas a la fabricación, utilización, transformación,
    embotellado, transporte u otras actividades relacionadas con materias peligrosas. 
  • Empresas de generación de energía.
  • Empresas de producción y transformación de metales.
  • Empresas del sector mineral.
  • Empresas químicas y de consumo de disolventes orgánicos
  • Empresas de la gestión de residuos y aguas residuales.
  • Empresas de las industrias derivadas de la madera y conservación de
    esta.
  • Empresas textiles
  • Empresas del cuero.
  • Empresas agroalimentarias y explotaciones ganaderas.
  • Empresas de tratamiento de aguas.

¿Qué cubre la póliza de responsabilidad Medioambiental?

  • Costes de prevención, de aminoración y de evitación.
  • Daños a la biodiversidad.
  • Costes de limpieza por contaminación y/o daño ambiental dentro y fuera
    de las instalaciones aseguradas tanto por contaminación accidental como gradual.
  • Contaminación derivada del transporte de mercancías del asegurado tanto
    en vehículos propios como de terceros.
  • Responsabilidad patronal por contaminación.
  • Interrupción de Negocio.
  • Actividades de la empresa realizadas fuera de las situaciones de riesgo
    aseguradas.
  • Cobertura específica para tanques subterráneos.
  • Gastos de Defensa y Fianzas.

Si formas parte de estos sectores y necesitas la evaluación de riesgos medioambientales y la póliza de responsabilidad medioambiental, contacta con nuestra asesoría jurídica y te informaremos sin compromiso.

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