Incremento de la cuota de los autónomos

Desde el 30 de octubre, la base de cotización obligatoria de los trabajadores autónomos se ha elevado del 30% al 30,3%. Este incremento de las cotizaciones sociales de los autónomos estaba previsto en el Real Decreto-ley 28/2018, de 28 de diciembre, y tenía que haber entrado en vigor el 1 de enero de 2020.

Sin embargo, por cuestiones diversas, entre ellas la pandemia, esta subida no se ha materializado hasta el mes de octubre, dejando también pendiente el cobro con carácter retroactivo por parte de la Seguridad Social de las cantidades no abonadas al respecto desde enero (entre 3 y 12 euros mensuales).

⇢ Subida de la cuota de autónomos

Muchos autónomos os habéis sorprendido este mes al ver que vuestra cuota de la Seguridad Social de octubre ha sido más alta que la que veníais pagando hasta ahora. De hecho, la habéis visto incrementada entre 3 y 12 euros, en función de vuestra base de cotización. ¿Por qué?

La cuota mensual de los autónomos que cotizan por la base mínima ha pasado de ser de 283,31 euros a 286,15 euros.

⇢ Marco legal

Pues bien, aunque para algunos haya sido una sorpresa, esta subida está contemplada en el Real Decreto-ley (RDL) 28/2018, de 28 de diciembre, para la revalorización de las pensiones públicas y otras medidas urgentes en materia social, laboral y de empleo.

En concreto, la disposición transitoria segunda de este RDL establece un «aumento progresivo de los tipos de cotización aplicables por contingencias profesionales y por cese de actividad de los trabajadores autónomos», que se ajustarán a la siguiente escala:

a) Para la cotización por contingencias profesionales:

  • En el año 2020, el tipo de cotización será el 1,1%.
  • En el año 2021, el tipo de cotización será el 1,3%.
  • A partir del año 2022, el tipo de cotización será el que se establezca con carácter definitivo en la respectiva Ley de Presupuestos Generales del Estado.

b) Para la cotización por cese de actividad (obligatoria para todos los autónomos desde 2019):

  • En el año 2020, el tipo de cotización será el 0,8%.
  • En el año 2021, el tipo de cotización será el 0,9%.
  • A partir del año 2022, el tipo de cotización será el que se establezca con carácter definitivo en la respectiva Ley de Presupuestos Generales del Estado.

Por tanto, el incremento que ha experimentado la cuota de autónomos en octubre de 2020 obedece a un aumento en los tipos de cotización por cese de actividad, que ha subido del 0,7% al 0,8%, y por contingencias profesionales, que se ha elevado del 0,9% al 1,1%. De este modo, la base de cotización obligatoria de los autónomos pasa este año del 30% al 30,3%.

⇢ Resolución de dudas

  • Confome a lo establecido en el Real Decreto-ley (RDL) 28/2018, esta subida tenía que haberse aplicado a partir del 1 de enero de 2020. Por cuestiones varias, entre ellas la pandemia de la COVID-19, no se ha hecho efectiva hasta el 30 de octubre. ¿Esto significa que la Seguridad Social «perdonará» ese 0,3% más mensual que tenía que haber cobrado desde enero? Lamentablemente no. La Tesorería de la Seguridad Social cargará a los autónomos esos atrasos próximamente.
  • No hay que pasar por alto que el RDL 28/2018 establece un nuevo incremento en 2021 de los tipos de cotización tanto por cese de actividad (+0,1%) como por contingencias profesionales (+0,2%) por lo que la base de cotización obligatoria de los autónomos se situaría en el 30,6% en los próximos meses.

Y, como siempre, si tenéis cualquier pregunta o consulta al respecto, no dudéis en poneros en contacto con nosotros. ¡Os atenderemos encantados!

Etiquetado como:

Comparte este artículo:

Únete a la lista de correo para no perderte nada