ComplianceVentaja

Pero, ¿es una obligación legal una ventaja, una oportunidad? ¿No es un problema? La mayoría de pymes se sienten tentadas de pensar eso. La legislación parece algo farragoso, complicado, que abruma. Nada más lejos de la realidad.

Dicen que la belleza está en los ojos de quien mira. O que las cosas se ven de un modo u otro según el cristal a través del que se observan. Que todo es cuestión de actitud. Lo dicen, y en parte es verdad.

Hoy sigue habiendo en nuestro país bastante desconocimiento sobre los Sistemas de Prevención de Delitos. Pero, hoy también, vamos a mirarlos con otros ojos. Con los ojos de la oportunidad.

La cultura anglosajona sabe bastante de esto. El resto del mundo copiamos con algo de retraso los modelos de hacer negocios anglosajones. Y fruto de esa influencia han llegado los programas de Compliance. De hecho, han llegado, están llegando, para quedarse.
El punto de partida es sencillo. Toda empresa tiene el deber de cumplir la normativa (normativas) vigentes.

Pero el Sistema de Prevención de Delitos va más allá de ese deber de cumplimiento normativo.

Porque más vale prevenir que curar. Ya lo decían nuestras madres, nuestras abuelas, ¿verdad?

Es mucho más eficiente y barato poner recursos para prevenir un daño que esperar a que el daño en sí se produzca y luego poner recursos para reparar todas sus consecuencias.
Ése es el verdadero espíritu del Compliance Penal. El ‘Más vale prevenir que curar’ de toda la vida.
Con el tiempo, el tema ha ido cogiendo forma.
Especialmente a partir de la Ley Orgánica 1/2015 de Reforma del Código Penal donde se introdujo el concepto de Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas. Bien, antes una empresa no era penalmente responsable. Ahora sí.

Y la empresa es penalmente responsable no sólo cuando un administrador ha cometido un delito en el seno de la empresa… sino también cuando el delito es cometido por un empleado. Hay mucha letra pequeña alrededor de estas ideas, claro, pero el resumen es básicamente éste.

El Programa de Prevención de Delitos de la empresa no es más que implantar sistemas de control destinados al cumplimiento normativo y a prevenir delitos (evitar que el delito llegue a producirse en el seno de la empresa).

En el fondo, hay más ventajas y beneficios. Internos y externos. Internos como, por ejemplo, generar un clima de toma de decisiones éticas. Más confianza. Más transparencia en la gestión. Pero esos beneficios internos favorecen también la imagen exterior de la empresa. Más responsabilidad, confiabilidad, prestigio, reputación. Y esos activos son menos tangibles y cuantificables, pero son activos también. Generan negocio. Cierran contratos. Si no se tienen, se pierden contratos. ¿Firmarías tú un contrato con una empresa condenada? Probablemente, no.
Ya lo estamos viendo en el sector de las empresas públicas. Para trabajar con una empresa pública contar con un Programa de Prevención de Delitos es un punto a favor.
Si nos centramos en la parte más práctica del asunto, contar con un Sistema de Prevención de Delitos supone otra ventaja para la empresa: puede ser eximida de responsabilidad penal en caso de problemas. Incluso, aunque no lo tenga, si a raíz de un conflicto coopera activamente y se decide a implantar el sistema de Compliance Penal, esto hará las veces de atenuante.

Pero, para implantar un Programa de Prevención de Delitos, hay que hacerlo bien. La empresa u organización debe estar 100% implicada y colaboradora. Y debe elegir un buen compañero de viaje que le asesore en el cálculo de los riesgos y las medidas a tomar. En Vadillo Asesores disponemos de un equipo de abogados expertos en Compliance Penal y la implantación de Programas de Prevención de Delitos a empresas del País Vasco. ¿Quieres que valoremos tu caso? Contacta con nosotros haciendo clic aquí o rellenando el formulario que hay bajo estas líneas.






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