Carta de Derechos Digitales - Asesoría Álava

El pasado 20 de enero terminó el plazo de consulta pública en relación a la Carta de Derechos Digitales, un texto que ha sido elaborado por un grupo de expertos en la materia, a instancias de la Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial.

Esto significa que este documento ha entrado en su fase final y, en breve, España contará con una Carta de Derechos Digitales, un texto que tiene como objetivo reconocer los retos que plantea la adaptación de los derechos actuales al entorno virtual, y proponer un marco de referencia para contribuir a su protección en dicho contexto. Por tanto, no se trata de crear nuevos derechos, sino de igualar los derechos que ya existen al mundo y competencias digitales.

En este sentido, la Carta de Derechos Digitales, aunque no tendrá carácter normativo, recoge derechos ya existentes en la propia Constitución y la Ley Orgánica de Protección de Datos y de Garantía de Derechos Digitales (LOPDGDD), además de reflejar tendencias y realidades ya existentes en la sociedad. Así, espera servir de guía a las Administraciones Públicas a la hora de estudiar y desarrollar posibles reformas legales encaminadas a garantizar la protección de los derechos individuales y colectivos en los nuevos escenarios digitales.

¿Y las organizaciones públicas y privadas? ¿Nos veremos afectadas de alguna forma por la Carta de Derechos Digitales?

Claramente, sí; de hecho, este documento describe expresamente como uno de sus ámbitos de actuación el de las organizaciones.

Pero, ¿cómo afectará en concreto este documento a las empresas? El desarrollo de la Carta de Derechos Digitales incide en estos dos aspectos:

  1. La transformación digital de las organizaciones.
  2. Los derechos digitales deben incrustarse en los sistemas de información de las empresas.

Asimismo, este documento indica que:

  • Las empresas promoverán el teletrabajo con pleno respeto a la dignidad de la persona trabajadora, garantizando particularmente su derecho a la intimidad y el derecho a la conciliación de la vida personal y familiar.
  • Las empresas tendrán que explicar, tanto a los representantes de los trabajadores como a las personas directamente afectadas, sobre el uso de la analítica de datos o sistemas de inteligencia artificial utilizados en los procesos de toma de decisión en materia de recursos humanos y relaciones laborales.
  • Por otro lado, las empresas podrán crear espacios de pruebas controladas para desarrollar nuevos modelos de negocio, aplicaciones, procesos o productos basados en la tecnología (tipo sandbox), sin temor a ser objeto de sanciones por el uso de entornos experimentales.

Por último, la Carta de Derechos Digitales también incluye otras novedades como la prohibición que se impone a las Administraciones Públicas de que adopten decisiones discrecionales en base a algoritmos, y la necesidad de que estos organismos realicen una evaluación del impacto en los derechos digitales de los algoritmos que se puedan diseñar para la adopción de decisiones automatizadas o semiautomatizadas.

Desde Grupo Vadillo Asesores, os aconsejamos a todas las organizaciones públicas y privadas que tengáis en cuenta los derechos digitales incluidos en esta carta a la hora de desarrollar vuestras políticas organizacionales y de recursos humanos, ya que ignorar estos derechos puede suponer un alto coste reputacional para cualquier empresa.

Y, como siempre, ya sabéis que contamos con una amplia trayectoria en Álava tanto en materia de asesoría laboral como de derecho tecnológico, así que, ante cualquier pregunta o consulta, no dudéis en contactar con nosotros.

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