Exención en el IRPF para mayores de 65.

Vender la vivienda habitual cuando se tienen más de 65 años puede parecer una decisión complicada. Muchas familias se enfrentan a esta situación cuando un familiar mayor ha ingresado en una residencia por motivos de salud o dependencia. Y una de las grandes dudas que surge es: ¿hay que pagar IRPF por la ganancia de esa venta?

La respuesta es clara: no, si se cumplen ciertos requisitos, la ganancia puede estar completamente exenta de tributación. Y eso incluye incluso los casos en que la persona lleva años fuera del domicilio y la vivienda ha estado alquilada.

¿Qué dice la ley sobre la venta de vivienda habitual en mayores de 65?

El el artículo 33.4 b) de la Ley del Impuesto sobre las Rentas de Las Personas Físicas establece que: las ganancias obtenidas por la venta de la vivienda habitual están exentas para las personas mayores de 65 años. Esto significa que si vendes tu casa habitual después de cumplir esa edad, no pagas impuestos por la plusvalía generada.

Hasta aquí, todo parece claro. Sin embargo, el reglamento añade una traba importante: exige que la vivienda hubiera sido la residencia habitual del titular durante los dos años anteriores a la venta. Y ahí es donde surgían los problemas. Si la persona llevaba más de ese tiempo sin vivir en el inmueble —por ejemplo, por estar ingresada en una residencia —, Hacienda entendía que ya no se trataba de su vivienda habitual. En consecuencia, la operación quedaba fuera del alcance de la exención prevista en la ley.

La clave: una sentencia que lo cambia todo

Aquí es donde entra en juego la reciente sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, el cual ha fallado a favor del contribuyente. El tribunal ha confirmado que aunque una persona mayor de 65 años lleve años viviendo en una residencia por motivos de salud y haya alquilado su casa en ese periodo, la vivienda sigue considerándose habitual a efectos fiscales.

Este fallo es crucial, ya que interpreta que la persona no ha dejado de vivir allí por capricho, sino porque su situación de salud le ha obligado a trasladarse. Y aunque haya alquilado la vivienda, eso no borra el vínculo con el que fue su hogar durante décadas.

Exención en el IRPF para mayores de 65

¿Qué necesitas acreditar para aplicar la exención en el IRPF?

Para que Hacienda acepte la exención de IRPF por la venta de tu vivienda habitual, siendo mayor de 65 años, incluso viviendo en una residencia, hay que tener la documentación adecuada:

  • Que el titular tenga 65 años o más.
  • Que el cambio de residencia se debe a motivos de salud o dependencia.
  • Que la vivienda vendida fuese efectivamente la vivienda habitual. Aquí ayuda tener: certificado de empadronamiento, recibos de suministros, IBI, etc.
  • Una cronología clara: fecha de compra, ingreso en residencia, contrato de alquiler (si lo hubo), y fecha de venta.

¿Y si la casa ha estado alquilada?

Este es otro de los puntos importantes. Sí, se puede haber alquilado la vivienda y aun así mantener la exención. El tribunal lo deja claro: si la razón del traslado fue una cuestión médica o de dependencia, el hecho de alquilar la casa mientras tanto no elimina el derecho a la exención.

Por qué es una gran noticia para muchas familias

Esta interpretación más flexible facilita que las familias no tengan que pagar impuestos elevados por la venta de un inmueble cuando esas ventas es consecuencia de necesidades sociosanitarias.

Lo que debes hacer antes de vender

Si tú o un familiar estás en esta situación, estos son los pasos que te recomiendo seguir antes de firmar la venta:

  1. Revisa tu situación personal: edad del titular, motivo del traslado, uso de la vivienda.
  2. Recopila la documentación: certificados médicos, empadronamiento, contratos, etc.
  3. Consulta con un despacho especializado: como el nuestro. Te ayudaremos a planificar la operación, asegurarte de que cumples todos los requisitos y preparar la defensa ante Hacienda si fuera necesario.

En resumen

La venta de una vivienda habitual por parte de una persona mayor de 65 años que vive en una residencia puede estar completamente exenta de IRPF, incluso si la casa ha estado alquilada. Lo importante es justificar que el traslado fue por motivos de salud o dependencia.

Si estás en esta situación, no te resignes: infórmate y asesórate, no dudes en acudir a cualquiera de nuestras asesorías en Vitoria-Gasteiz, Oyón o Laguardia o llámanos al 954 222 762, estaremos encantados de atender tus dudas.

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