Una mirada a los derechos laborales de pacientes oncológicos
24, octubre 2024

En el complejo mundo laboral actual, enfrentarse a un diagnóstico de cáncer o cualquier otra enfermedad grave, puede generar una gran cantidad de dudas e inseguridades. En este blog, te explicaremos de manera clara y concisa cuáles son tus derechos laborales como paciente, para que puedas ejércelos con seguridad y confianza.
Tus derechos laborales como paciente
Aunque pueda parecer que el mundo laboral se detiene cuando enfrentas una enfermedad grave, lo cierto es que la legislación española ha desarrollado una serie de mecanismos de protección para estos casos, extendiéndose incluso a los familiares de primer grado que se ocupan de su cuidado.
A continuación destacamos los derechos más significativos que debes conocer y hacer valer:
Derecho a la intimidad
En primer lugar, debes saber que no estás obligado/a a revelar tu enfermedad al empleador. El derecho a la intimidad está garantizado por la Constitución Española y el Estatuto de los Trabajadores, protegiendo tu esfera privada de intromisiones ilegítimas por parte de la empresa.
Derecho a la no discriminación
En aquellos casos en los que la empresa empleadora conozca tu situación, ya sea de forma voluntaria o involuntaria, existen leyes que te protegen ante cualquier acto de discriminación.
A estos efectos, la Ley 15/2022 integral para la igualdad de trato y la no discriminación, prohíbe expresamente cualquier tipo de trato discriminatorio por motivos de enfermedad, estableciendo la nulidad de cualquier acto que vulnere este derecho.

Esto implica que un despido motivado por tu enfermedad podrá ser considerado nulo, sin embargo, es importante tener en cuenta que no se trata de una protección automática y que en todo caso será necesario demostrar que el acto es discriminatorio y está relacionado directamente con la enfermedad que se padece.
Derecho al olvido del historial médico
Aunque no está plenamente desarrollado en el ámbito laboral español, se presenta como una posibilidad con gran potencial para proteger los derechos de aquellas personas que hayan superado un cáncer o una enfermedad grave.
Se trata de un derecho principalmente aplicable a las aseguradoras y financieras, siendo su objetivo evitar que estas compañías discriminen a los supervivientes de enfermedades a la hora de contratar productos o servicios, basándose en su historial médico.
Sin embargo, en el ámbito laboral, este derecho puede traducirse a contextos tales como, procesos de selección o procesos de desarrollo profesional, donde las empresas no podrán descartar a un candidato/a por su historial médico. A pesar de que este derecho no está recogido expresamente en la ley 15/2022, sí prohíbe la discriminación por motivos de enfermedad.
Derecho a la protección de la salud
Durante el proceso de diagnóstico, tratamiento y recuperación, la persona trabajadora puede encontrarse incapacitada para prestar servicios. En estos casos, la normativa de seguridad social ofrece la protección de la incapacidad temporal, lo cual se traduce en:
- Suspensión de la relación laboral: La relación laboral queda suspendida durante el tiempo que dure la incapacidad, garantizando el derecho al reingreso en el mismo puesto de trabajo y con las mismas condiciones.
- Percepción de una presentación económica durante la baja.
- Adaptación del puesto de trabajo: En los casos en los que las lesiones sean permanentes, pero no invalidantes, siempre que la persona trabajadora desee seguir trabajando, la empresa tiene la obligación de adaptar su puesto de trabajo.
Prestación económica para familiares con menores afectados
Además de los derechos anteriormente mencionados, existe una prestación económica para familias con menores afectados con enfermedades graves. A estos efectos, el Real Decreto 1148/2011 regula una prestación que, compensa la pérdida de ingresos de los progenitores que necesitan reducir su jornada laboral para cuidar de sus hijos/as durante el tiempo de hospitalización y tratamiento.
Esta prestación permite reducir la jornada laboral hasta un 99%, percibiendo el equivalente al 100% de la base reguladora y se extiende hasta que el menor cumpla los 23 años (o 26 si tiene un grado de discapacidad igual o superior al 65%).
En Vadillo Asesores te acompañamos en cada paso
Es fundamental conocer tus derechos como paciente para poder ejercerlos y garantizar tu bienestar en el ámbito laboral. En Grupo Vadillo Asesores, contamos con un equipo de profesionales especializados en derecho laboral que pueden brindarte asesoramiento personalizado y ayudarte a navegar por las complejidades de la legislación española.
No dudes en contactarnos si necesitas más información o tienes alguna duda, en cualquiera de nuestras oficinas de Vitoria-Gasteiz, Oyón y Laguardia, o llámanos al 954 222 765.
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