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Si estás pensando en ahorrar de cara a la jubilación, enhorabuena, has dado el primer paso necesario, que no es otro que tomar conciencia de la importancia que tiene planificar el ahorro. Sigue leyendo hasta el final para conocer algunos tipos de seguros para ahorrar para la jubilación en Vitoria.
A partir de ahí, corresponde a cada uno valorar cómo debe enfocar y gestionar ese ahorro para la jubilación según sus circunstancias.
Y lo cierto es que una de las fórmulas más habituales son los seguros de ahorro y jubilación.
De hecho, según los últimos datos, a cierre del primer trimestre de 2017, los seguros de ahorro y jubilación acumulan un patrimonio de 174.882 millones de euros.
Es la fórmula elegida por más de 9,6 millones de asegurados preocupados por ir ahorrando un cierto capital de cara a su jubilación.
Pero el abanico es amplio: dentro de los seguros, existen diferentes formas de realizar este ahorro.
De los PIAS, EPSV o los Unit-Link te hablamos aquí, pero hay más opciones.
En general, todas esas opciones de ahorro se basan en una inversión a medio y largo plazo. Son los detalles y matices los que nos pueden ayudar a tomar una decisión sobre cómo ahorrar para la jubilación y cuál es la mejor opción para nosotros. Especialmente, los aspectos financieros, como la tributación, pueden inclinar la balanza hacia un producto u otro para definir cuál es el plan de pensiones que más conviene.

7 productos de ahorro de seguros y su tributación

A continuación, vamos a revisar 7 soluciones de ahorro que se instrumentan a partir de un seguro de vida. Todas estas opciones de ahorro para la jubilación ofrecen buenas rentabilidades y ventajas fiscales a nivel general.

Rentas vitalicias

Como su propio nombre indica, una renta vitalicia es crear un ahorro para que, a partir de una edad, empieces a deshacer ese ahorro por medio de una renta periódica hasta el fallecimiento.
La ganancia obtenida es lo que tiene la consideración de rendimiento de capital y tributa de la siguiente manera:
al 19% los primeros 6.000€;
al 21% para los siguientes 44.000€ ganados
y el 23% para lo que exceda de los 50.000€.
No se tributa por la totalidad de la renta vitalicia que se ingresa cada año, sino que hay reducciones también en función de la edad a la que empieces a cobrar esa renta. Por ejemplo, si el preceptor de la renta es menor de 40 años, tributará por el 40% de la renta anual obtenida. Pero si el perceptor tiene entre 66 y 69 años tributará por el 20%. Y si ha cumplido ya los 70 años tributará sólo por el 8%.
La constitución de una renta vitalicia cuando ya se han cumplido los 65 años y se han obtenido plusvalía de la venta de un activo, tiene exención fiscal bajo dos condiciones: la renta vitalicia se debe constituir en el plazo de seis meses y no supera los 240.000€.

Rentas temporales

Las rentas temporales siguen el mismo esquema que las vitalicias, con la salvedad de  que son durante un número determinado de años, es decir, durante un período de tiempo concreto.
Respecto a la tributación de las rentas temporales, es también parecida a la de las rentas vitalicias, aunque varían los porcentajes:
12% para rentas con duración igual o inferior a 5 años
16% para rentas de hasta 10 años
25% para rentas que superan los 15 años

Capitales diferidos

El funcionamiento de los capitales diferidos consiste en acumular un capital y este dinero fruto del ahorro se reembolsa de golpe al cabo del tiempo. En este caso, se pagará un impuesto por la diferencia entre el capital percibido y las primas pagadas a un tipo que oscila entre el 19% y el 23%.
Los capitales diferidos están sujetos a una modificación fiscal, por lo que si lo contrato es anterior a 1995 se le aplica un coeficiente reductor para la ganancia acumulada.

Planes de previsión asegurados

Los planes de previsión asegurados son planes de pensiones con rentabilidad garantizada en el momento de contratación.  El tratamiento fiscal es el mismo ya que las aportaciones hasta 8.000 € (Hacienda Estatal) se reducen de la base imponible, mientras que la ganancia tiene consideración de rendimiento del trabajo.

PIAS

Los planes individuales de ahorro sistemático (PIAS), fueron modificados en 2015 para que tuviesen incentivos y poder generar un ahorro a medio plazo. La ganancia obtenida de los PIAS queda exenta de tributación si se mantienen durante al menos 5 años y se cobra como renta vitalicia.  En cambio, si el PIAS se rescata, pero no en forma de renta vitalicia, si se pagarán impuestos.
Los Pias tienen un límite máximo de 8.000€ de aportación anual y de 240.000€ en un mismo PIAS. Por el contrario, no hay limitación sobre cuántos PIAS se tienen, es decir, se puede tener el número de PIAS que se desee.
Es un buen producto para ahorrar de cara a la jubilación si no se necesita desgravación en Hacienda.

Unit Linked

Es un tipo de seguros que invierte en fondos, pero lleva consigo un seguro de vida. Por tanto, la tributación es igual que el resto de seguros de vida. Te hablamos de él aquí.

Planes de ahorro 5

Los planes de ahorro 5 o seguros individuales de ahorro a largo plazo SIALP, son planes de ahorro ligados a la persona física. Esto implica que sólo se puede tener un plan de este tipo. Este producto de seguros de ahorro también sufrió modificaciones en 2015.  El rendimiento del capital queda exento si el producto se mantiene durante 5 años y el máximo de aportación son 5.000 € anuales. Debido a que el rendimiento no está exento, en Álava apenas se comercializa y de hecho nosotros no lo aconsejamos.
¿Estás pensando en tu plan de ahorro jubilación? ¿Te sientes perdido entre tantas opciones y datos sobre tributación y fiscalidad? Es algo muy normal. Las opciones para ahorrar de cara la jubilación son muchas y, en muchos casos, la información que leemos es muy técnica y no sabemos interpretarla bien. Por eso es clave dejarse aconsejar con un asesor de confianza para planificar y gestionar la jubilación.
En Vadillo Asesores disponemos de abogados y especialistas en ahorro para la jubilación en Vitoria-Gazteiz: contacta con nosotros y deja que te ayudemos a elegir la opción más adecuada para tu ahorro.

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