RV: Boletín 2014/01/15.- Conceptos computables en la base de cotización al Régimen General de la Seguridad Social
Con fecha 21 de diciembre se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado el REAL DECRETO-LEY 16/2013 de 20 de diciembre, de medidas para favorecer la contratación estable y mejorar la empleabilidad de los trabajadores, que presenta como principales novedades las siguientes:
CONCEPTOS COMPUTABLES EN LA BASE DE COTIZACIÓN AL RÉGIMEN GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL
La Disposición Final Tercera del Real Decreto-Ley 16/2013 de 20 de diciembre, modifica el artículo 109 de la LGSS en cuanto a los conceptos computables en la base de cotización al Régimen General de la Seguridad Social se refiere. Conforme a lo anterior, se definen como conceptos incluidos en la base de cotización, entre otros, los siguientes:
·       La totalidad del importe abonado a los trabajadores por pluses de transporte y distancia.
·  Mejoras de las prestaciones de Seguridad Social, salvo las correspondientes a la incapacidad temporal.
·     Asignaciones asistenciales, salvo las correspondientes a gastos de estudios del trabajador o asimilado, cuando vengan exigidos por el desarrollo de sus actividades o las características del puesto de trabajo.
·   La totalidad de los gastos normales de manutención y estancia generados en el mismo municipio del lugar del trabajo habitual del trabajador y del que constituya su residencia.
Cualquier duda al respecto pueden contactar con nuestro área laboral  Isabel Valverde  ivalverde@grupovadillo.com ó Asier Bravo abravo@grupovadillo.com

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