Las pensiones suben un 0,9%

Así lo recoge el Real Decreto-ley 1/2020, de 14 de enero, (BOE, 15 de enero de 2020) por el que se establece la revalorización y mantenimiento de las pensiones y prestaciones públicas del sistema de Seguridad Social.

Esta subida afecta a las pensiones tanto contributivas como no contributivas y de clases pasivas y tiene efecto retroactivo desde el 1 de enero, de modo que los atrasos correspondientes a enero se incluirán en la nómina de los pensionistas del mes de febrero.

 

La actual situación de prórroga presupuestaria, unida a la decisión de posponer la revalorización de las pensiones recogida en el reciente Real Decreto-ley 18/2019, de 27 de diciembre, por el que se adoptan determinadas medidas en materia tributaria, catastral y de seguridad social, han terminado con la aprobación del Real Decreto-ley 1/2020, de 14 de enero, con el fin de evitar el perjuicio que para el colectivo de pensionistas supondría, en términos de pérdida de poder adquisitivo, que la revalorización no fuera efectiva hasta la aprobación de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2020.

 

Las pensiones abonadas por el sistema de la Seguridad Social, en su modalidad contributiva, así como de clases pasivas del Estado, se incrementarán un 0,9%, sin perjuicio de las excepciones y especialidades contenida en la norma.

 

Asimismo, el Real Decreto-ley 1/2020 establece que utilizará la media de IPC interanual de los meses de diciembre de 2019 a noviembre de 2020 como referencia para compensar a los pensionistas en el caso de que este dato supere la subida de las pensiones del 0,9% establecida para este año.

Es decir, si el IPC medio interanual de diciembre de 2019 a noviembre de 2020 sobrepasa el 0,9% a los pensionistas se les abonará la diferencia en un pago único que recibirán antes del 1 de abril de 2021.

¿Cómo quedan las pensiones máximas y las mínimas tras esta subida?

Con el incremento del 0,9%, las pensiones máximas para 2020 se sitúan en 2.683,34 euros/mes, lo que supone unos ingresos anuales de 37.566,76 euros.

 

Por su parte, la pensión mínima para los jubilados de 65 años con cónyuge a cargo será de 843,3 euros al mes frente a los 835,6 euros que recibían en 2019; si no tienen cónyuge, su pensión será de 683,49 euros en lugar de los 677,4 euros que percibían hasta la fecha, y en caso de cónyuge no a cargo, obtendrán 648,68 euros mensuales frente a los 642,9 euros que cobraban en 2019.

Etiquetado como:

Comparte este artículo:

Únete a la lista de correo para no perderte nada