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 Real Decreto 637/2014, de 25 de julio de 2014.
Se amplía el plazo  hasta el 30 de septiembre de 2014 para la presentación de las liquidaciones complementarias de los nuevos conceptos computables, correspondientes a los periodos de diciembre 2013 a julio 2014.
La base de cotización para todas las contingencias del Régimen General de la Seguridad Social estará constituida por la remuneración total, cualquiera que sea su forma o remuneración, tanto en metálico, como en especie, que tenga derecho a percibir el trabajador. Las percepciones de vencimiento superior al mes se prorratearán en doce mensualidades.
Esta ampliación de las cotizaciones en conceptos con anterioridad exentos supone:
  • Un incremento de las bases de cotización, pero no supone ningún cambio para aquellos que ya cotizaban por la base máxima.
  • Un coste superior para el empleador y una mayor deducción para el trabajador con nómina que reciba algún tipo de retribución en especie al margen del salario base.
  • El mayor coste en cotizaciones sociales puede conllevar la revisión y nueva negociación de Convenios colectivos, por posibles descuelgues salariales y modificación de condiciones sustanciales, dado que los conceptos que se incluyen son percepciones no salariales o extra salariales.

Pueden consultar el texto íntegro en el siguiente enlace:

http://www.boe.es/boe/dias/2014/07/26/pdfs/BOE-A-2014-7969.pdf

Pueden consultar con nuestro Área Laboral preguntando por:
Asier Bravo abravo@grupovadillo.com o por Isabel Valverde ivalverde@grupovadillo.com

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