Boletín 2014/05/20.- Justificante de pago de salarios



¿Qué es una nómina o recibo de salarios?
Se trata de un documento en el que queda reflejado la liquidación y el pago. Como todo justificante de pago-cobro debe de estar firmado por quien lo recibe. La firma del recibo dará fe de la percepción por el trabajador de dichas cantidades.

El recibo de salarios se referirá a meses naturales. Las empresas que abonen a los trabajadores salarios por períodos inferiores, deberán documentar dichos abonos como anticipos a cuenta de la liquidación definitiva, que se extenderá en el recibo mensual de salarios.
¿Hay que guardar las nominas?
Los recibos de salarios expedidos se archivarán y conservarán por las empresas, junto con los boletines de cotización a la Seguridad Social, durante un período mínimo de cinco años, a fin de permitir las comprobaciones oportunas.
¿Qué funciones cumple?

  •  Primeramente, la labor de informar al trabajador sobre todos los conceptos retribuidos, generados por su trabajo en la empresa.
  • Se trata de un documento que hay que conservar, para posibles reclamaciones y para la comprobación de indemnizaciones en caso de despido; dado que prueba la existencia de una relación laboral aunque no se haya firmado un contrato.
  • Y en último lugar, sirve para que el empleado compruebe lo que ha cotizado en la seguridad social.

¿Cómo se justifica el pago al trabajador?

  • Por medio de un cheque bancario nominativo (a nombre del trabajador)
  • Mediante transferencia bancaria.
  • En efectivo. En este caso el trabajador deberá  firmar el recibo de salarios, hecho que  acredita que se recibe la cantidad que refleja el mismo.

¿Es obligatoria entregar una copia de la nomina al trabajador?
Si. Deberá entregarse una copia al trabajador. Si el empresario se negara reiteradamente a la entrega de la nómina podría incurrir en una sanción leve con multa de 60 a 625 euros.

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