Ayudas económicas a la estabilidad en el empleo Vitoria-Gasteiz

Este viernes, 13 de diciembre, el Boletín Oficial del Territorio Histórico de Álava (BOTHA, número 143) ha publicado la «Resolución de solicitudes de la convocatoria del programa municipal de ayudas económicas dirigidas al fomento de la estabilidad en el empleo por conversión de contratos laborales temporales en indefinidos, para personas mayores de 45 años en Vitoria-Gasteiz», correspondientes al año 2019.

En esta convocatoria, dotada con 400.000 euros, se han recibido 126 solicitudes (una de ellas fuera de plazo), así como una renuncia voluntaria a la ayuda solicitada. Tras el estudio de las candidaturas presentadas, el Departamento de Promoción Económica, Empleo, Comercio y Turismo del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz ha concedido un total de 62 ayudas, que han ido a parar a las solicitudes que han obtenido mejor valoración de acuerdo a los baremos que se establecían en la presente convocatoria.

Por otro lado, ha descartado 5 solicitudes al considerar que no cumplían con los requisitos exigidos y ha dejado fuera de estas ayudas a 58 empresas y/o autónomos al agotarse la dotación económica prevista para este año.

Todas aquellas empresas o autónomos que hayan solicitado una de estas ayudas para el fomento del empleo estable y de calidad recibirán (o habrán recibido ya) una notificación de esta resolución, pudiendo interponer en caso de no estar de acuerdo un recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Vitoria-Gasteiz en el plazo de dos meses a partir del día de recepción de la notificación.

Si necesita consultar con un especialista para presentar dicho recurso, ya sabe que en Vadillo Asesores estamos a su entera disposición.

La convocatoria de ayudas económicas para el fomento del empleo estable y de calidad para personas mayores de 45 años en el término municipal de Vitoria-Gasteiz (año 2019) fue aprobada por la Junta de Gobierno Local el 29 de marzo de 2019. La cuantía máxima de esta subvención asciende al 40% del salario bruto anual de la conversión del contrato temporal en indefinido a jornada completa, con un límite máximo de 7.000 euros por contrato, o parte proporcional en los casos de jornada parcial; ampliable hasta un máximo de 8.000 euros en los casos de personas mayores de 55 años.

 

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