El pasado 1 de septiembre de 2025 marcará un hito importante en la aplicación de la Ley 2/2023, de protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción. En esa fecha comenzará a funcionar oficialmente la Autoridad Independiente de Protección del Informante (AIPI), organismo encargado de gestionar el canal externo nacional de denuncias.

La entrada en funcionamiento de la AIPI implica un endurecimiento de los controles y eleva las exigencias para empresas y entidades públicas en relación con los canales internos de denuncia o Sistemas Internos de Información (SII). En Vadillo Asesores, ayudamos a las organizaciones a adaptarse y cumplir con todos los requisitos legales a tiempo.

¿Qué es la AIPI y cuál será su función?

La Autoridad Independiente de Protección del Informante (AIPI) es un ente público creado para garantizar la recepción, análisis y resolución de denuncias relativas a infracciones graves, muy graves o que afecten al interés general. Se trata de un canal externo al que podrán recurrir los informantes cuando no se sientan seguros utilizando los canales internos, o cuando consideren que no han recibido respuesta adecuada.

Sus competencias incluyen:

  • Tramitar denuncias que afecten al ámbito estatal.
  • Supervisar los canales internos de denuncia de empresas y organismos públicos.
  • Imponer sanciones por incumplimientos del régimen legal.
  • Garantizar la protección del informante frente a represalias.

¿Quién puede presentar denuncias a la Autoridad Independiente de Protección al Informante?

Autoridad Independiente de Protección del Informante (AIPI)

El canal externo de la AIPI podrá ser utilizado por una amplia variedad de perfiles:

  • Empleados actuales o antiguos.
  • Freelancers, becarios, voluntarios y autónomos.
  • Proveedores, socios, miembros de órganos de administración.
  • Personas que hayan sido testigos o tenido conocimiento directo de infracciones en su entorno laboral o profesional.

¿Qué se puede denunciar?

Las denuncias válidas incluyen:

  • Infracciones penales (delitos).
  • Infracciones administrativas graves o muy graves.
  • Infracciones del Derecho de la Unión Europea, como prácticas de competencia desleal, corrupción, fraude fiscal, subvenciones indebidas, blanqueo de capitales, o afectación al medio ambiente o la salud pública.

En todos los casos, el denunciante debe actuar de buena fe y contar con indicios razonables de que los hechos denunciados son ciertos.

Obligaciones de empresas y administraciones públicas

Con la activación de la AIPI, las organizaciones obligadas deben haber implantado ya su canal interno de denuncias, y garantizar que este sistema sea seguro, anónimo (si el denunciante así lo desea), accesible, operado por personas responsables imparciales y capaz de garantizar la protección de datos y de evitar represalias.

¿Quiénes están obligados a implantar el canal interno de denuncias?

Sector privado:

  • Empresas con 50 o más trabajadores.
  • Empresas de sectores regulados por normativa europea (como servicios financieros, transporte, energía, medio ambiente, seguridad, salud pública, etc.), con independencia del número de empleados.
  • Partidos políticos, sindicatos, fundaciones u organizaciones que reciban fondos públicos.

Sector público:

  • Todas las administraciones (estatal, autonómica y local).
  • Entidades públicas empresariales y organismos vinculados a la administración.
  • Municipios de más de 10.000 habitantes.

Plazos de implantación del canal interno:

  • Empresas de más de 250 empleados: obligación en vigor desde el 13 de junio de 2023.
  • Empresas entre 50 y 249 empleados: plazo finalizó el 1 de diciembre de 2023.
  • Sector público restante y municipios pequeños: también con obligación desde diciembre de 2023.

Con la entrada en funcionamiento de la AIPI, la vigilancia sobre el cumplimiento será más intensa.

¿Qué riesgos implica el incumplimiento?

El régimen sancionador es especialmente severo:

  • No implantar un canal interno estando obligado se considera una infracción muy grave, con multas de hasta 1.000.000 €.
  • Las consecuencias incluyen además riesgos reputacionales, pérdida de confianza por parte de empleados y clientes, y posibles litigios derivados de represalias a informantes.

¿Qué deben hacer las empresas y entidades antes del 1 de septiembre?

Es imprescindible que las empresas:

  • Verifiquen si están legalmente obligadas a disponer de canal interno.
  • Revisen si el sistema implantado cumple con los requisitos técnicos y legales.
  • Asignen correctamente a los responsables del Sistema Interno de Información.
  • Establezcan procedimientos de investigación, respuesta y protección del informante.
  • Aseguren la conservación confidencial de la información.

Conclusión

La puesta en marcha de la Autoridad Independiente de Protección del Informante (AIPI) supone un punto de inflexión en la cultura de cumplimiento y transparencia en España. La gestión adecuada de los canales de denuncia internos ya no es opcional: es una obligación legal, y su cumplimiento será supervisado con rigor a partir de septiembre.

En Vadillo Asesores, somos especialistas en cumplimiento normativo y en la implantación, gestión y revisión de canales de denuncia. Si tu empresa o entidad necesita asegurar el cumplimiento o ya dispones de un canal de denuncias, pero necesitas que te ayudemos con su gestión, estamos a tu disposición, acude a cualquiera de nuestras oficinas en Vitoria-Gasteiz, Oyón o Laguardia, o llámanos al 945 222 762.

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