¿Qué es un poder testatorio?
16, junio 2022
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Hace unos días recogíamos en nuestro blog todos los detalles sobre la importancia de otorgar testamento y, en este nuevo post, queremos profundizar en otro instrumento legal en relación a la ordenación sucesoria. En este caso, se trata del poder testatorio, una de las ‘joyas’ del Derecho Foral. Este instrumento permite al testador aplazar sus decisiones referidas a la elección de heredero nombrando un comisario, que por lo general es el cónyuge, para que después de su muerte adopte las decisiones más adecuadas y elija al mejor sucesor.
Como consecuencia de ello, el testamento por comisario será aquel que otorgue una persona (el comisario) en nombre de otra ya fallecida (el comitente), en virtud del poder para testar que ésta le confirió.
Por lo tanto, el llamamiento a la sucesión se integra en este caso por dos actos que debemos distinguir claramente:
- El poder testatorio, que es un acto del causante o comitente por el que autoriza a otra persona para que disponga de su patrimonio tras su fallecimiento
- El testamento por comisario, que es un acto posterior que lleva a cabo el comisario designado, haciendo uso del poder que se le ha otorgado y que constituye el auténtico y definitivo acto de disposición sobre un patrimonio determinado.
Este poder faculta al comisario para muchas cosas, incluso para hacer testamento en nombre del difunto testador y cambiar sus disposiciones. Por eso, llama mucho la atención ver en algunos certificados de últimas voluntades que una persona, por ejemplo fallecida en 2003, tenga un testamento otorgado en 2008.
Normalmente, los poderes testatorios van acompañados, en el mismo documento, de un testamento llamado preventivo, que entrará en juego si el comisario no quiere o no puede hacer uso de su poder testatorio.
Ventajas del poder testatorio
Es un instrumento eficaz para la protección y ordenación del patrimonio familiar ya que:
- Permite delegar en una persona de confianza la designación de sucesor.
- No establece límite alguno en cuanto a la persona que puede ser nombrada. Sin embargo, el comisario nombrado es, generalmente, el cónyuge y si el nombramiento es recíproco.
- Relega a un momento posterior y más adecuado la elección del sucesor.
- Facilita un conocimiento mayor y más preciso de todas las circunstancias que afectan a su persona, a su familia, al cónyuge, a los hijos y demás herederos, a la casa, a su patrimonio… para que, de esa manera, poder decidir en el momento adecuado la designación del mejor sucesor o sucesores y la distribución más adecuada de su patrimonio, conociendo quienes sean los más necesitados.
- Ofrece una posición más sólida al cónyuge viudo nombrado comisario pues, si así lo quiere el causante, dispondrá del usufructo del conjunto del caudal hereditario.
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