Subida del Salario Mínimo Interprofesional y de las bases máximas de cotización
11, diciembre 2016
El pasado 2 de Diciembre, se aprobó el RD-Ley 3/2016, en donde se establece la cuantía del Salario Mínimo Interprofesional y la base máxima para el próximo año 2017.
La base máxima de cotización incrementa en un 3% con respecto al 2016, con lo que se queda en 3.751,2€.
Con respecto al Salario Mínimo Interprofesional indicar que incrementa un 8%, quedando su cuantía de la siguiente manera:
- Trabajadores sin distinción de sexo ni edad = 23,58€/ día o 707,61€/mes
- SMI anual a efectos de compensación y absorción = 9.906,62€/año
- Trabajadores eventuales (menos de 120 días de trabajo al año) = 33,51€/jornada legal en la actividad que se trate.
- Empleados de hogar que trabajen por horas = 5,54€/ hora efectivamente trabajada.
Posts relacionados
- Aplazamiento de las cuotas a la Seguridad Social por parte de los autónomos
- ¿Cuándo se puede jubilar un autónomo?
- Calendario de vacaciones para evitar conflictos
- ¿Conoces las nuevas ayudas de Lanbide para contratos relevo?
- ¿Cuál es el papel de un Delegado de Prevención en una organización? (I)
- ¿Cuál es el papel de un Delegado de Prevención en una organización? (II)
Comparte este artículo: