
El llamado paro de los autónomos se puso en marcha hace algunos años, pero a propósito de la Nueva Ley de Autónomos 2017 el folleto con las condiciones de acceso ha sido actualizado por el Ministerio de Empleo y Seguridad.
¿Qué es el paro de los autónomos?
Lo primero que hay que aclarar es que el llamado paro de los autónomos es en realidad una protección voluntaria por parte del autónomo. Para ello, el propio autónomo va abonando una prestación económica mensual en concepto de cese de actividad y la cotización a la Seguridad Social por contingencias comunes.
¿Cuáles son los requisitos para obtener el paro de los autónomos?
Según indica el Ministerio de Empleo y Seguridad hay varios requisitos básicos que se deben cumplir para poder acceder al paro de los autónomos
- Estar dado de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA)
- Estar afiliado a la Seguridad Social
- Tener cubierta la contingencia por cese de actividad
- Haber cotizado durante al menos doce meses
- Poder justificar el cese de la actividad
- No haber alcanzado la edad de jubilación
- No incurrir en incompatibilidades (previstas en el art. 342 del TRLGSS)
¿Cómo se puede el paro de los autónomos?
La solicitud de prestación por cese de actividad hay que presentarla ante la Mutua con la que el trabajador por cuenta propia tenga cubierta la contingencia por cese de actividad o ante el SEPE. Esta solicitud irá acompañada de la documentación acreditativa requerida.
El plazo para hacerlo es hasta el último día del mes siguiente al que se produjo el cese de actividad.
¿Cuál es la duración del paro de los autónomos?
La duración del paro de los autónomos se calcula en función de la edad y los períodos cotizados por el trabajador por cuenta propia dentro de los 48 meses anteriores a la situación de cese de actividad:
- Si se tienen cotizados 12 a 17 meses, la prestación durará 2 meses.
- Entre 18 y 23 meses, la prestación será de 3 meses para los menores de 60 y de 4 para los mayores de 60.
- Si se tiene cotizados de 24 meses a 29, el paro durará 4 meses para los menores de 60 y 6 meses para los mayores de esa edad.
- De 30 a 35 meses cotizados, la prestación será de 5 meses en los menores de 60 y en 8 para los mayores.
- En caso de tener cotizados de 36 a 42 meses el paro durará 6 meses y 10 meses para los mayores.
- De 43 a 47 meses cotizados, la prestación se prolongará 8 meses para los menores de 60 y 12 para los mayores.
- Si se tienen cotizados 48 meses la prestación máxima será de 12 meses.
¿Cuánto se puede cobrar con el paro de los autónomos?
La prestación será el 70% de la base reguladora, que se calcula con el promedio de los 12 últimos meses cotizados por el trabajador.
La cuantía máxima será del 175% del IPREM, salvo cuando el trabajador tenga uno o varios hijos. En ese caso el porcentaje sería de hasta un 225%.
Puedes descargarte aquí el folleto completo sobre el paro de los autónomos en formato pdf
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