Canal de denuncias

Canal de denuncias

Si eres una organización del sector público o del sector privado con 50 o más trabajadores, debes conocer esta obligación legal procedente de la directiva europea whistleblowing aprobada en 2019: disponer de un canal de denuncias con el que se ofrezca la posibilidad de comunicar presuntas infracciones cometidas en el entorno laboral, gestionarlas de manera adecuada y dar protección a las personas que lo utilizan. 

Si hasta el momento únicamente dispones de una dirección de email para resolver esta exigencia, ten presente que puede no ser suficiente y puede que no estés cumpliendo todas las exigencias legales: confidencialidad, imparcialidad, trazabilidad, feedback a la persona denunciante, seudonimización… que exige la normativa europea.

¿Es obligatorio contar con un canal de denuncias?

Nos puede surgir la pregunta sobre la obligatoriedad de este canal o dudar sobre si lo estamos gestionando adecuadamente y acorde a la legalidad. En este sentido, el Consejo de Ministros presentó el pasado 4 de marzo el anteproyecto de ley para regular esta materia en el Estado.

Si eres una empresa que ya cuenta con un sistema de prevención de delitos (Compliance penal), debes contar desde ya con un canal de denuncias ya que de otro modo estarás eximido parcialmente de que te puedan exigir responsabilidad jurídico penal.

Por todo ello, es cuestión de poco tiempo que se puedan exigir responsabilidades por la no implantación de un sistema que permita la comunicación y la gestión segura, confidencial, imparcial y trazable de denuncias, así como la protección de las personas denunciantes.

Previsión de Régimen Sancionador

El borrador de la Ley establece un régimen sancionador de aplicación ante la comisión de infracciones que puede consistir, entre otras, en la imposición de las siguientes multas:

a) Si son personas físicas las responsables de las infracciones, las multas pueden ir desde los 10.000 euros a los 300.000 euros.

b) Si son personas jurídicas la cuantía iría desde los 100.000 euros hasta 1.000.000 euros en caso de infracciones muy graves.

Plan de igualdad

¿Qué empresas están obligadas a tener un Plan de Igualdad?

La obligación del Plan de Igualdad (Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo) afecta a todas aquellas organizaciones con más de 50 personas trabajadoras en su plantilla, tanto si son empresas privadas como organismos o instituciones públicas, así como organizaciones o asociaciones sin ánimo de lucro.

Por su parte, empresas con menos de 50 empleados y empleadas también deberán implementar un plan de igualdad cuando así lo exija el convenio colectivo de aplicación o en caso de que se haya impuesto esta medida como medida alternativa a una sanción de la autoridad laboral competente.

El pasado 7 de marzo de 2022 finalizó el último plazo habiéndose facilitado varias fechas anteriores de manera escalonada para dar cumplimiento a esta obligación desde el año 2020. Por tanto, tras esa fecha las organizaciones han de haber implantado o, al menos, haber iniciado el proceso de elaboración con la creación de la Comisión Negociadora. En el caso de las empresas de más de 50 trabajadores, el Plan de Igualdad es obligatorio desde 2022.

Sanciones ante el incumplimiento de implantar un plan de igualdad

 Aquellas empresas que no cumplan con la obligación de implantar un Plan de Igualdad o realizar un registro salarial podrían incurrir en una multa grave o muy grave y podrán ser sancionadas con una multa de entre 626 a 6.250 euros.

Si la Inspección de Trabajo o Autoridad Laboral ya ha avisado a la empresa de su obligación de disponer del Plan, dicho importe podría estar multiplicado, oscilando entre los 6.251 y los 187.515 euros.

Vadillo Asesores te puede ayudar a cumplir estas leyes

Por nuestra experiencia y conocimiento de ambas materias, en Vadillo Asesores te ayudamos en el diseño e implantación de políticas de igualdad en las organizaciones, dando el soporte adecuado para el cumplimiento legal exigido y evitar la imposición de sanciones.

También disponemos de la segunda mejor herramienta de canal ético del mercado que cuenta con todas las garantías y que permite una gestión diligente de las denuncias recibidas. Contáctanos para más información y asesoramiento experto.

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