Los trabajadores por cuenta própia o autónomos, pueden cambiar semestralmente su base de cotización, eligiendo otra dentro de las establecidas, siempre que lo soliciten expresamente en su respectiva dirección de la Tesorería General de la Seguridad Social o administración correspondiente.
Los plazos serían:
- 30 de abril con efectos 01 de julio.
- 30 de septiembre con efectos 01 de enero.
Con caracter general y al margen de situaciones específicas, las bases de cotización pueden oscilar durante el año 2014:
1.- Para los trabajadores menores de 47 años sus limites son:
-base máxima = 3.597,00€
-base mínima = 875,70€
2.- Para los trabajadores con 47 años al 01/01/2014 sus limites son:
– (sólo si su base de cotización a diciembre de 2013 fué igual o superior a 1.888,80€)
-base máxima = 3.597,00€
-base mínima = 875,70€
3.- Para los trabajadores con 47 años o más al 01/01/2014 sus límites son:
-base máxima = 1.926,60€
-base mínima = 944,40€
Si durante el primer semestre del año 2015 Ud. cumple 47 años y quiere ir a las bases máximas deberá solicitarlo antes del 30 de septiembre del presente año.
Si estuvieran interesados en complementar con otras alternativas pueden contactar con nuestra asesora Natalia Gorostiaga ngorostiaga@grupovadillo.com o en el Tfno 945 22 27 62.
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